Legal
Docentes que nunca hayan tenido una plaza podrán optar una nueva o vacante.
Con 74 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron el decreto que durará un año para que el Ministerio de Educación, MINED asigne plazas nuevas o vacantes a aspirantes que nunca hayan tenido una plaza de docente en el Estado.
Dicho decreto reza de la siguiente manera: “Las plazas nuevas o vacantes que el MINED publique en el periodo de un año, contado a partir de la vigencia del presente decreto, serán asignados por los organismos correspondientes, de manera permanente, únicamente a los educadores aspirantes que no hubieren obtenido nunca nombramiento de sueldo base en una plaza de docente dentro del sector oficial, que cuenten con la especialidad requerida, incluidos los educadores interinos”.
Yohalmo Cabrera, diputado del FMLN, supone que hay unos 4,000 docentes que estarían habilitados para someterse al proceso de selección y optar a un aproximado de 1,200 plazas disponibles.
Según el artículo 18 de la Ley de la Carrera Docente, las plazas son otorgadas “de preferencia” respetando el derecho de antigüedad y los traslados.
Además, los maestros deberán contar con la especialidad requerida.
Además el pleno legislativo aclaró que para aplicar a una de las plazas el Tribunal Calificador tomará en cuenta las necesidades de cada escuela o instituto educativo, lugar de residencia, antigüedad de graduación y leyes contra la discriminación y por la igualdad de las personas.
El decreto sostiene que los licenciados en Ciencias de la Educación y otros profesionales con títulos de educación superior o no con especialidad pueden optar a las plazas de niveles de primero y segundo ciclo de educación básica.
Los docentes escalafonados de otras especialidades podrán tener plazas de tercer ciclo de educación básica, media general y técnica; y los aspirantes deberán someterse a un curso de actualización del Ministerio de Educación de manera obligatoria.
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Ratifican exoneración de visas por turismo entre El Salvador y Bolivia
Con 73 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó hoy el “Acuerdo sobre exoneración de visas por turismo o visita en pasaportes corrientes u ordinarios entre los gobiernos de la República de El Salvador y del Estado Plurinacional de Bolivia”.
El acuerdo, suscrito el 31 de mayo de 2019, pretende facilitar recíprocamente los viajes de turismo o visita para los nacionales de ambos países, titulares de pasaportes corrientes u ordinarios vigentes.
Anteriormente, los ciudadanos bolivianos debían abonar $100 por la visa correspondiente, pero con esta exoneración ya no será necesario dicho pago. El acuerdo beneficia a residentes de ambos países que posean pasaportes corrientes (en el caso de Bolivia) y ordinarios (en el caso de El Salvador), permitiéndoles ingresar y permanecer en el territorio del otro Estado por un máximo de 90 días, sin realizar actividades remuneradas.
El convenio, compuesto por 12 artículos, tendrá una duración inicial de cinco años, con posibilidad de prorrogarse automáticamente por períodos iguales. Patricia Aguilera Bran, directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, destacó la importancia de este acuerdo para promover el turismo y la economía, subrayando su conformidad con las normativas internas sobre visas y temas migratorios.
Además de Bolivia, la misma comisión también aprobó un dictamen para la exoneración de visas entre Perú y El Salvador.
Legal
Comisión aprueba exoneración de visas entre El Salvador y Bolivia
Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa ratifica acuerdo para simplificar trámites de viaje.
La Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa ha aprobado por unanimidad un dictamen que ratifica el acuerdo de exoneración de visas para turismo o visitas entre El Salvador y el Estado Plurinacional de Bolivia. Este convenio, firmado el 31 de mayo de 2019, busca simplificar los trámites de viaje para turistas o visitantes de ambas naciones.
Anteriormente, los ciudadanos bolivianos debían abonar $100 por la visa correspondiente, pero con esta exoneración ya no será necesario dicho pago. El acuerdo beneficia a residentes de ambos países que posean pasaportes corrientes (en el caso de Bolivia) y ordinarios (en el caso de El Salvador), permitiéndoles ingresar y permanecer en el territorio del otro Estado por un máximo de 90 días, sin realizar actividades remuneradas.
El convenio, compuesto por 12 artículos, tendrá una duración inicial de cinco años, con posibilidad de prorrogarse automáticamente por períodos iguales. Patricia Aguilera Bran, directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, destacó la importancia de este acuerdo para promover el turismo y la economía, subrayando su conformidad con las normativas internas sobre visas y temas migratorios.
Además de Bolivia, la misma comisión también aprobó un dictamen para la exoneración de visas entre Perú y El Salvador.
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Entra en vigor cobro por transmisión de Facturas y Declaraciones Únicas Centroamericanas
Medida busca garantizar sostenibilidad del Proceso de Integración Profunda y facilitar el comercio entre países miembros.
Ayer entró en vigor la resolución de instancia ministerial-UA No. 117-2024, otorga autorización a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) para percibir USD $5.00 por cada transmisión electrónica de Factura y Declaración Única Centroamericana (FYDUCA) a través de la Plataforma Informática Comunitaria (PIC).
Según el ente internacional, esta medida tiene como propósito asegurar la sostenibilidad del Proceso de Integración Profunda, manteniendo la eficiencia y fortaleciendo el sistema de transmisión electrónica de la FYDUCA, lo que contribuirá a facilitar el comercio entre los países miembros.
La FYDUCA proporciona una serie de beneficios para los agentes económicos, como la simplificación de procesos, la reducción de costos y tiempos asociados al comercio de mercancías, la promoción del comercio y la validación en tiempo real en los puestos fronterizos mediante un código QR.
A partir del 04 de abril se habilitó el registro de usuarios de países que ya utilizan la FYDUCA para adquirir sus tokens de manera anticipada en el sitio web mencionado, ya que a partir del 16 de abril serán necesarios para la transmisión electrónica de cada FYDUCA.
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Autorizan nuevo crédito por $75 millones provenientes del CAF
La Asamblea Legislativa ha aprobado un decreto que autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir un crédito de $75 millones para el «Programa de apoyo a la movilidad urbana baja en emisiones», financiado por la Corporación Andina de Fomento (CAF).
Este contrato de préstamo permitirá acciones para fortalecer el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT) a través del Viceministerio de Transporte, así como la implementación de intervenciones con enfoque en la reducción de emisiones.
Los $75 millones serán incorporados en el presupuesto de Hacienda y en el de Obras Públicas y Transporte, para atender las prioridades del gobierno y los fines establecidos en el contrato de préstamo.
El plazo de pago del préstamo será de 15 años, incluyendo un período de gracia de 54 meses, con pagos semestrales. El interés será la tasa de referencia más un margen del 2%. Además, El Salvador pagará a la CAF una comisión de compromiso y una comisión sobre el monto del préstamo.
El país deberá pagar a la CAF $40,000 por gastos de evaluación, deducibles del préstamo.
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Ratifican ley de tasas de inscripción para registros del Instituto Salvadoreño del Café
Presidencia sancionó la Ley de Tasas de Inscripción en los Registros del Instituto Salvadoreño del Café (ISC), estableciendo tarifas para inscripciones de pequeños, medianos y grandes productores de café en el país.
La ley tiene como objetivo regularizar las tasas de inscripción considerando diversos factores como el tamaño de la finca, la calidad del café y su exportación. Los legisladores resaltan que esta medida contribuirá al fomento de la caficultura y al desarrollo económico, social, educativo y ambiental en El Salvador.
La normativa otorga al ISC la facultad de llevar el registro de productores, beneficiadores y otros agentes de la cadena cafetalera, así como realizar análisis de calidad del café exportado.
Los montos de las tasas varían según el tamaño de la finca, oscilando entre $5.00, $10.00 y $20.00 para pequeños, medianos y grandes productores, respectivamente, con una vigencia de cuatro años. También se establecen tasas para otros agentes de la cadena, como pergamineros, exportadores y torrefactores.
Se espera que estas tasas permitan al ISC contar con información actualizada y fidedigna de los agentes involucrados en el comercio interno y externo del café en El Salvador, complementando la recientemente aprobada Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café.
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