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Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código Procesal Penal

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Ayer en plenaria ordinaria, la Asamblea legislativa aprobó tres reformas al Código procesal Penal cuyo propósito es adecuar los procesos judiciales a los nuevos delitos que fueron aprobados recientemente tales como el delito de fraude de servicio de energía o fluidos, es decir al servicio de agua, luz, Internet y cable. También fortalecerán y agilizarán los procedimientos que realiza la Fiscalía General de la República (FGR) en la investigación e investigación de pruebas de delito.

Con la reforma al artículo 27 relativo al delito de fraude de servicio de energía o fluidos, se establece que la FGR procederá de oficio a la investigación cuando el delito haya sido atribuido a miembros de pandillas o maras, agrupaciones ilícitas, asociaciones u organizaciones terroristas o en nombre de estas, lo mismo que una persona menor de edad que no tenga padres ni tutor, contra un incapaz que no tenga tutor, o cuando el delito haya sido realizado por uno de sus ascendientes o tutor, cuando se hayan perjudicados bienes del Estado, o cuando la víctima este imposibilitada física o mentalmente para solicitar el inicio de la investigación a la Fiscalía.

Con el artículo 201, que se refiere al actuar de la Policía Nacional Civil (PNC) en el resguardo de información que se encuentren en instrumentos tecnológicos: la policía podrá adoptar las medidas que garanticen la obtención, resguardo o almacenamiento de la información almacenada en equipos o instrumentos tecnológicos y que sea útil para la investigación, sin perjuicio que pueda procederse a su incautación.

Para las restricciones migratorias que imponga un juez a un imputado dentro de un proceso judicial, se establece en el artículo 325 que dicha restricción migratoria tendrá una vigencia de un plazo de 30 días, sin perjuicio de su revisión en audiencia inicial.

Estas reformas al Código Procesal Penal forman parte de las acciones que el Parlamento Salvadoreño está aportando en coordinación con otras instancias del Estado.

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Comisión aprueba exoneración de visas entre El Salvador y Bolivia

Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa ratifica acuerdo para simplificar trámites de viaje.

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La Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa ha aprobado por unanimidad un dictamen que ratifica el acuerdo de exoneración de visas para turismo o visitas entre El Salvador y el Estado Plurinacional de Bolivia. Este convenio, firmado el 31 de mayo de 2019, busca simplificar los trámites de viaje para turistas o visitantes de ambas naciones.

Anteriormente, los ciudadanos bolivianos debían abonar $100 por la visa correspondiente, pero con esta exoneración ya no será necesario dicho pago. El acuerdo beneficia a residentes de ambos países que posean pasaportes corrientes (en el caso de Bolivia) y ordinarios (en el caso de El Salvador), permitiéndoles ingresar y permanecer en el territorio del otro Estado por un máximo de 90 días, sin realizar actividades remuneradas.

El convenio, compuesto por 12 artículos, tendrá una duración inicial de cinco años, con posibilidad de prorrogarse automáticamente por períodos iguales. Patricia Aguilera Bran, directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, destacó la importancia de este acuerdo para promover el turismo y la economía, subrayando su conformidad con las normativas internas sobre visas y temas migratorios.

Además de Bolivia, la misma comisión también aprobó un dictamen para la exoneración de visas entre Perú y El Salvador.

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Entra en vigor cobro por transmisión de Facturas y Declaraciones Únicas Centroamericanas

Medida busca garantizar sostenibilidad del Proceso de Integración Profunda y facilitar el comercio entre países miembros.

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Ayer entró en vigor la resolución de instancia ministerial-UA No. 117-2024, otorga autorización a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) para percibir USD $5.00 por cada transmisión electrónica de Factura y Declaración Única Centroamericana (FYDUCA) a través de la Plataforma Informática Comunitaria (PIC).

Según el ente internacional, esta medida tiene como propósito asegurar la sostenibilidad del Proceso de Integración Profunda, manteniendo la eficiencia y fortaleciendo el sistema de transmisión electrónica de la FYDUCA, lo que contribuirá a facilitar el comercio entre los países miembros.

La FYDUCA proporciona una serie de beneficios para los agentes económicos, como la simplificación de procesos, la reducción de costos y tiempos asociados al comercio de mercancías, la promoción del comercio y la validación en tiempo real en los puestos fronterizos mediante un código QR.

A partir del 04 de abril se habilitó el registro de usuarios de países que ya utilizan la FYDUCA para adquirir sus tokens de manera anticipada en el sitio web mencionado, ya que a partir del 16 de abril serán necesarios para la transmisión electrónica de cada FYDUCA.

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Autorizan nuevo crédito por $75 millones provenientes del CAF

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La Asamblea Legislativa ha aprobado un decreto que autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir un crédito de $75 millones para el «Programa de apoyo a la movilidad urbana baja en emisiones», financiado por la Corporación Andina de Fomento (CAF).

Este contrato de préstamo permitirá acciones para fortalecer el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT) a través del Viceministerio de Transporte, así como la implementación de intervenciones con enfoque en la reducción de emisiones.

Los $75 millones serán incorporados en el presupuesto de Hacienda y en el de Obras Públicas y Transporte, para atender las prioridades del gobierno y los fines establecidos en el contrato de préstamo.

El plazo de pago del préstamo será de 15 años, incluyendo un período de gracia de 54 meses, con pagos semestrales. El interés será la tasa de referencia más un margen del 2%. Además, El Salvador pagará a la CAF una comisión de compromiso y una comisión sobre el monto del préstamo.

El país deberá pagar a la CAF $40,000 por gastos de evaluación, deducibles del préstamo.

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Ratifican ley de tasas de inscripción para registros del Instituto Salvadoreño del Café

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Presidencia sancionó la Ley de Tasas de Inscripción en los Registros del Instituto Salvadoreño del Café (ISC), estableciendo tarifas para inscripciones de pequeños, medianos y grandes productores de café en el país.

La ley tiene como objetivo regularizar las tasas de inscripción considerando diversos factores como el tamaño de la finca, la calidad del café y su exportación. Los legisladores resaltan que esta medida contribuirá al fomento de la caficultura y al desarrollo económico, social, educativo y ambiental en El Salvador.

La normativa otorga al ISC la facultad de llevar el registro de productores, beneficiadores y otros agentes de la cadena cafetalera, así como realizar análisis de calidad del café exportado.

Los montos de las tasas varían según el tamaño de la finca, oscilando entre $5.00, $10.00 y $20.00 para pequeños, medianos y grandes productores, respectivamente, con una vigencia de cuatro años. También se establecen tasas para otros agentes de la cadena, como pergamineros, exportadores y torrefactores.

Se espera que estas tasas permitan al ISC contar con información actualizada y fidedigna de los agentes involucrados en el comercio interno y externo del café en El Salvador, complementando la recientemente aprobada Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café.

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Aprueban disposiciones para mantener precios de energía eléctrica

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La Asamblea Legislativa aprobó otorgar a la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas la facultad de definir las tarifas de energía para el usuario final hasta el 14 de julio de 2025.

Este decreto, titulado «Disposiciones transitorias para la definición del cargo por energía a facturar a los usuarios finales», deja sin efecto el mecanismo actual de fijación de tarifas hasta esa fecha.

Según lo dispuesto, las distribuidoras de energía deberán publicar las tarifas ajustadas en un diario de alta circulación nacional, si así lo determina la Dirección, y proporcionar la información necesaria a esta entidad.

Como primera medida, la Dirección anunció que las tarifas no sufrirán aumentos para los usuarios que consumen menos de 300 kilovatios por hora. Además, se autorizó al Ministerio de Hacienda a emitir notas de crédito del tesoro público para absorber la diferencia en el precio real de la energía y evitar impactos en los usuarios finales.

El decreto también otorga a la Dirección la autoridad para establecer aspectos necesarios al mercado electrónico nacional. Se destaca que estas disposiciones serán de orden público y podrán aplicarse retroactivamente, prevaleciendo sobre otras leyes en caso de contradicción.

Datos de la Unidad de Transacciones indican un aumento significativo en el precio de la energía, siendo el precio del megavatio hora (MWh) en marzo de 2024 de $124.62, un 22 % superior al precio de octubre de 2023. Los precios de la energía se revisan cada 15 de enero, abril, julio y octubre con base en los costos de generación de los últimos tres meses.

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